Qué se modifica
Jornada, horario, turnos, retribución, sistema de trabajo o funciones.
Revisión de la medida comunicada, sus efectos y las opciones aplicables.
Jornada, horario, turnos, retribución, sistema de trabajo o funciones.
Contenido de la comunicación y momento previsto para su aplicación.
Plazo para presentar la demanda desde la notificación escrita de la decisión.
Entre otros, los que afectan a jornada, horario y distribución del tiempo, turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento o determinadas funciones. La calificación depende del alcance y de las circunstancias del caso.
La demanda debe presentarse dentro de los veinte días hábiles siguientes a la notificación escrita de la decisión. Conviene revisar el cómputo con las fechas concretas.
El Estatuto de los Trabajadores la contempla en determinados supuestos si la modificación causa un perjuicio: veinte días de salario por año de servicio, con un máximo de nueve meses. Debe comprobarse que concurren los requisitos legales.