Qué ha ocurrido
Conductas concretas, personas implicadas y fechas relevantes.
Análisis de las conductas, su continuidad y la documentación disponible.
Conductas concretas, personas implicadas y fechas relevantes.
Frecuencia, duración y relación entre las personas implicadas.
Avisos a la empresa, protocolo interno y actuaciones realizadas.
Desde la perspectiva preventiva, se analiza la exposición a conductas de violencia psicológica reiteradas y prolongadas en el tiempo, producidas en el marco de la relación laboral y desde una posición de poder que no tiene por qué ser jerárquica. Determinados actos aislados con efectos que se prolongan también pueden requerir análisis. La valoración jurídica exige examinar los hechos concretos.
No. Una discrepancia, una tensión puntual o una decisión empresarial no constituyen por sí solas acoso laboral. Deben revisarse la conducta, su continuidad, el contexto y sus efectos.
No existe un plazo único para todas las situaciones. Depende de la acción que proceda y de si los hechos están vinculados a una sanción, un despido, una modificación de condiciones u otra medida. Por ello conviene revisar las fechas sin demora.
Si una sentencia declara la vulneración de un derecho fundamental, debe pronunciarse sobre la indemnización que, en su caso, corresponda por el daño moral y por los daños y perjuicios adicionales acreditados.